Tipos de proyecto: proyecto de investigación industrial y desarrollo experimental realizado por empresas en consorcio.
Beneficiarios: Serán consorcios empresariales, formalizados mediante un acuerdo privado de colaboración. Todas las empresas integrantes del consorcio tendrán la consideración de beneficiarias.
Cada consorcio debe estar constituido por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas, y al menos una de ellas tendrá consideración de PYME [1].
Cada consorcio identificará la empresa que ejercerá de “coordinadora de proyecto”, que deberá ser una empresa grande o mediana. La coordinadora del proyecto será la interlocutora del CDTI desde la solicitud de la ayuda hasta la aprobación, en su caso, por el Consejo de Administración del Centro; todo ello sin perjuicio de que el CDTI, durante esta fase, pueda ponerse en contacto directo con cualquiera de las empresas que conformen la agrupación.
Participación relevante de organismos de investigación: Los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo.
En este sentido, se exige que al menos el 15% del total del presupuesto del proyecto aprobado por el Consejo de Administración del CDTI se subcontrate con organismos de investigación; uno de los cuales, al menos, será de titularidad pública.
Duración de los proyectos: la duración mínima será de 36 meses y la máxima de 48 meses.
Presupuesto del proyecto: el presupuesto mínimo financiable es de 7.000.000 euros y el presupuesto máximo de 20.000.000 euros.
El presupuesto mínimo financiable por cada empresa será de 350.000 euros. En el caso de las pequeñas y micro empresas el presupuesto mínimo financiable será de 260.000 euros.
La participación de las empresas en el consorcio debe ser equilibrada, de modo que ninguna de las empresas autónomas participantes ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas puede superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.
Modalidad de la ayuda: Tramos reembolsables y no reembolsables.
a) El tipo de interés aplicable al tramo reembolsable es Euribor a un año, fijado a la fecha de la aprobación de la ayuda por el Consejo de Administración del CDTI. Los intereses ordinarios del préstamo se devengarán semestralmente desde el momento de la disposición de la ayuda. Devolución de la ayuda: El tramo reembolsable se devolverá en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración y del importe de los hitos del proyecto.
b) El tramo no reembolsable es de hasta el 30% de la ayuda aprobada por el Consejo de Administración del CDTI.
La cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará a través de la sede electrónica del CDTI (https://sede.cdti.gob.es).
El plazo de presentación de solicitudes concluirá el día 5 de mayo de 2015 a las 12:00 horas (hora peninsular).
Más información a través del la convocatoria CDTI