Se aprueba la primera convocatoria del año 2018 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a fomentar la cooperación internacional empresarial en materia de investigación y desarrollo (Programa INNOGLOBAL), del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las empresas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España.

Objeto.

Las ayudas se destinan a fomentar la cooperación internacional en actividades de investigación y desarrollo (I+D). Se financiará la participación de las empresas españolas integrantes de consorcios internacionales que participen en los programas internacionales que se relacionan en el Anexo I de la convocatoria.

Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de I+D, en la modalidad de proyectos individuales, y podrán incluir actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental. Deberá acreditarse asimismo el carácter internacional de los proyectos.

Características de los proyectos
1. Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de I+D, en la modalidad de proyectos individuales, con las características
descritas en el artículo 8, apartados.1.a) y 2.a), de la Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio.
Los proyectos podrán incluir actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental, según las definiciones del artículo 2, apartados l) y m), de
la Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio.
2. Los proyectos deberán cumplir además los siguientes requisitos:
a) De cuantía: Los proyectos propuestos deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 150.000 euros.
b) De duración: Los proyectos tendrán una duración mínima de 12 meses y máxima de 36 meses.
Los proyectos podrán ser plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2018. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2018.
c) Carácter internacional: los proyectos de cooperación tecnológica internacional, hacen referencia al valor añadido de la I+D realizada en clave internacional y deben permitir a las empresas españolas reforzar sus capacidades tecnológicas, ampliando al mismo tiempo el impacto de sus productos, procesos y servicios en los mercados globales.
Características de las ayudas.
1. La financiación de las ayudas podrán tener carácter plurianual, en concordancia con la duración de los proyectos.
2. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las
disponibilidades presupuestarias, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos en el artículo 40, apartados 1 y 4, de la Orden de bases
reguladoras, para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental.
3. En todo caso el importe máximo de subvención será el siguiente:
1º. Para las pequeñas empresas, hasta el 50% del presupuesto financiable aprobado.
2º. Para las medianas empresas, hasta el 40% del presupuesto financiable aprobado.
3º. Para las grandes empresas, hasta el 30% del presupuesto financiable aprobado.
No obstante lo establecido en este y el anterior apartado, la cuantía máxima de subvención por solicitud y proyecto será de 400.000 euros

Bases reguladoras.

Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 («Boletín Oficial del Estado» núm. 159, de 4 de julio de 2015).

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el día 7 de mayo de 2018 y finalizará el día 5 de junio de 2018, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Más información en la convocatoria
Más información en la web de CDTI