Convocatoria 1/2017 para la concesión de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Plazo de presentación de solicitudes convocatoria 2017,  Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio de 2017, ambos incluidos.
Beneficiarios:

Empresas, organismos de investigación y agrupaciones o asociaciones empresariales excepto las pertenecientes al sector público y los profesionales autónomos.

Objeto.

Concesión de ayudas para proyectos en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y la sociedad de la información en el marco de la Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, dirigidas tanto a proyectos nacionales como a proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC de EUREKA, PENTA, EURIPIDES, ITEA3 y CELTIC-PLUS.

Esta convocatoria se compone de dos programas, Impulso Tecnológico y Eureka. 

SUBPROGRAMA IMPULSO TECNOLÓGICO

1. Objeto Las ayudas de este subprograma se dirigen al impulso de tecnologías con bajo nivel de madurez y alto potencial de transformación del sector TIC mediante la ejecución de proyectos de alto riesgo tecnológico.

2. Tipos de proyectos y prioridades temáticas

a) Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que se encuadren en las prioridades temáticas siguientes: Industrias del Futuro, Industria Conectada 4.0, Ciberseguridad y confianza digital, Salud y Bienestar, Agroalimentario, gestión medioambiental y eficiencia energética, Transporte y Logística, Contenidos digitales. 

b) No podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA.

3.Subvención máxima Los beneficiarios que participen en este subprograma podrán obtener un importe máximo de subvención, expresado como porcentaje del presupuesto financiable, del:

a) 50 % para PYMES y del 40% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 17 puntos.

b) 35 % para PYMES y del 25% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 13 puntos.

c) 30 % para PYMES y del 20% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 8 puntos.

4.Presupuestos mínimos y máximos

a) Los proyectos deberán tener un presupuesto de al menos 200.000 euros

b) Los proyectos no podrán tener un presupuesto superior a 10.000.000 euros.

5. Modalidades de participación

a) Los proyectos deberán realizarse en la modalidad individual, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

b) Los proyectos con presupuesto superior a 1.000.000 de euros, deberán contar con subcontrataciones por un importe que ascienda al menos al 25 por ciento del presupuesto presentado.

6.Beneficiarios Podrán ser beneficiarios:

a)Las empresas, excepto:

1º. Las entidades del sector público

2º. Las entidades constituidas después del 31/12/201 3, salvo que procedan de otras preexistentes por cambio de denominación, fusión, absorción y escisión de sociedades, en los términos contemplados en la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles .

3º. Las entidades sin fin de lucro que ejerzan actividad económica.

4º. Los profesionales autónomos.

b) Las agrupaciones de interés económico (AIE), excepto las pertenecientes al sector público .

SUBPROGRAMA EUREKA

1. Objeto Las ayudas de este subprograma se dirigen a fomentar la cooperación internacional en el desarrollo de tecnologías con gran valor tecnológico y alto potencial de tracción en el marco de la iniciativa europea EUREKA .

2. Tipos de proyectos y prioridades temáticas Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA, PENTA, EURIPIDES, ITEA3 y CELTIC -PLUS, y, que se encuadren en las prioridades temáticas definidas.  Industrias del Futuro, Industria Conectada 4.0, Ciberseguridad y confianza digital, Salud y Bienestar, Agroalimentario, gestión medioambiental y eficiencia energética, Transporte y Logística, Contenidos digitales. 

3.Subvención máxima.

El importe máximo de subvención para los beneficiarios, expresado como porcentaje del presupuesto financiable, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, podrá ser del:

a) 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 40% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 17 puntos.

b) 45% para pequeñas empresas, 35% para medianas empresas y 25% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o  igual que 8 puntos.

4.Presupuestos mínimos y máximos

a) Los proyectos deberán tener un presupuesto superior a 200.000 euros.

b) Los proyectos no podrán tener un presupuesto superior a 3 . 500.000 euros.

5. Modalidades de participación.

a) Los proyectos deberán realizarse en la modalidad individual, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas .

b) Los proyectos con presupuesto superior a 1.000.000 de euros, deberán contar con subcontrataciones por un importe que ascienda al menos al 25 por ciento del presupuesto presentado.

6. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios los señalados en el artículo 5 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, excepto las entidades del sector público y los profesionales autónomos.

Bases reguladoras.

Orden IET/786/2013, de 7 de mayo, publicada en el BOE de 9 de mayo de 2013, modificada por la Orden IET/457/2015, de 11 de marzo, publicada en el BOE de 17 de marzo de 2015 y por la Orden ETU/508/2017, de 2 de junio publicada en el BOE de 3 de junio de 2017).

Cuantía.

La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 20.000.000,00 euros en subvención y 60.000.000,00 euros en préstamo con un tipo de interés del 0%.

Individualmente, la subvención podrá alcanzar:

Para proyectos nacionales, hasta el 50% para PYME y 40% para el resto de beneficiarios.

Para proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC EUREKA, hasta el 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 40% para el resto de beneficiarios.

La intensidad final de subvención se determinará en función del grado de innovación del proyecto, pudiéndose completar la ayuda con financiación en forma de préstamo hasta cubrir el 100% del presupuesto del proyecto.

Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE.

Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio de 2017, ambos incluidos.

Más información y acceso a la convocatoria a través del enlace. 

Convocatoria en el BOE

Solicitudes y convocatoria a través de la web del Ministerio