Ayudas correspondientes a las acciones de dinamización de carácter internacional Europa Investigación, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad

Acciones de dinamización Europa Investigación
Objeto:
Ayudas para la preparación de propuestas de proyectos I+D+I en colaboración transnacional liderados por grupos de investigación españoles  dirigidas a las convocatorias del Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea para el periodo 2014-2020 (H2020).
Estas propuestas incluyen proyectos o acciones de investigación e innovación encuadrados en los Pilares de “Retos Sociales” y “Liderazgo Industrial”; acciones de intercambio de personal financiadas bajo las acciones Marie Sklodowska-Curie ITN y RISE (por su sigla en inglés: redes internacionales de formación de investigadores –ITN- y acciones de intercambio de personal investigador y de innovación –RISE- entre entidades públicas y privadas en la Unión Europea). Además, la presente convocatoria incluye la posibilidad de solicitar financiación para la preparación de propuestas de Tecnologías Futuras y Emergentes (FET) y de ayudas convocadas por el Consejo Europeo de Investigación (ERC, en su sigla en inglés) tipo “Starting Grants”, “Consolidator Grants” y “Advanced Grant”.
Beneficiarios:
Entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con capacidad y competencia demostrada para realizar proyectos de I+D que supongan un avance significativo del conocimiento.
Objetivos específicos y conceptos financiables:
Las ayudas que se contemplan en estas actuaciones tienen como finalidad promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas en ciencia y tecnología en H2020, en especial y de manera específica:
a) Incrementar la participación de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en H2020.
b) Posibilitar la coordinación y el liderazgo de grandes proyectos de H2020.
c) Mejorar la tasa de éxito y de retorno conseguido por las entidades beneficiarias en H2020 con respecto al Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico 2007-2013 (7PM).
d) Fomentar la excelencia e internacionalización del personal investigador de las instituciones ejecutoras de I+D+I.
e) Apoyar el acceso a H2020 de entidades españolas sin experiencia previa.
f) Facilitar el cumplimiento de los objetivos de participación establecidos en los planes estratégicos de internacionalización de las entidades beneficiarias.
Conceptos financiables:
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente los gastos elegibles en las propuestas presentadas.
Cada una de las ayudas concedidas podrá cubrir total o parcialmente el presupuesto previsto con un máximo de 25.000 euros en las propuestas de acciones de Investigación e innovación y acciones Marie Sklodowska-Curie RISE e ITN; y de 10.000 euros en las propuestas de proyectos individuales al Consejo Europeo de Investigación (ERC) a presentar en las convocatorias de H2020.
Serán elegibles los siguientes gastos en el concepto de costes directos, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto y se imputen dentro del período de ejecución del mismo:

  • Gastos de adquisición de material fungible, suministros y productos similares
  • Gastos de consultoría, traducción y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad objeto de la actuación.
  • Gastos de viajes y dietas, asistencia a congresos y conferencias, visitas y estancias breves de investigadores por un plazo no superior a tres meses, tanto invitados como del equipo de investigación del proyecto o participante de la actuación. Se podrán justificar asimismo gastos de viajes y dietas relacionados con el personal que forme parte del equipo y que se cite en la memoria de la solicitud o aquel cuya participación se justifique debidamente en los informes de seguimiento científico-técnico.  Sin perjuicio de los gastos de manutención que puedan corresponder con cargo al concepto de viajes y dietas, no serán elegibles gastos de comidas de trabajo y atenciones de carácter protocolario.
  • Gastos derivados del asesoramiento y apoyo a la innovación, tales como consultoría de gestión, asistencia tecnológica, servicios de transferencia tecnológica, formación, consultoría sobre bancos de datos y bibliotecas técnicas.
  • Gastos de inscripción a congresos y jornadas técnicas.
  • Gastos derivados de la internacionalización de la actividad y otros gastos relacionados con actividades de colaboración con otros grupos nacionales e internacionales.
  • Gastos de subcontratación de actividades objeto de ayuda. Las tareas subcontratadas se regirán por lo establecido en el artículo 10 de la orden de bases reguladora. No se financiará el concepto de costes indirectos.

Plazo de presentación de solicitudes:
06/07/2017
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