Extracto de la Resolución de 16 de febrero de 2017, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan las ayudas para la acción y la promoción cultural correspondientes al año 2017.

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). 333111

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas jurídicas de nacionalidad española, de cualquier estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Las personas jurídicas no podrán tener ánimo de lucro, deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán tener residencia fiscal en España.

Quedan excluidas las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos.

Objeto:

Las ayudas para la acción y la promoción cultural tienen por objeto la modernización y profesionalización del sector cultural y creativo a través del fomento de actividades que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades:

a) Fomentar la modernización del sector y el uso de las nuevas tecnologías en la creación y difusión de contenidos, productos y servicios culturales.

b) Incrementar la profesionalización de las industrias culturales y creativas y su capacidad para generar empleo potenciando la formación, la integración, la vertebración, las asociaciones sectoriales y las redes dentro del sector cultural.

c) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales y fomentar el mecenazgo cultural.

d) Fomentar la internacionalización de la cultura española y su inclusión en redes europeas de oferta cultural, favorecer los vínculos entre las Comunidades Autónomas, promover la participación activa de la ciudadanía en los procesos culturales y potenciar España como destino turístico cultural.

Bases reguladoras:

ORDEN CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

Importe:

El importe máximo imputable a la subvención será de 1.400.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes:

  • Desde el 27 de febrero de 2017
  • Hasta el 27 de marzo de 2017 a las 14:00

Toda la información de la convocatoria a través del enlace
Ver convocatoria en el BOE:  BOE-B-2017-11475
Listado de concedidos en 2016