Beneficiarios.

PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Murcia , como requisitos particulares, deben tener su sede social en la Región de Murcia y con relaciones comerciales (venta o compra de mercancías o servicios) con Reino Unido.

Objeto

Incentivar a las pymes para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y que sean prestados por proveedores acreditados por el Instituto de Fomento.

Servicios subvencionados

Servicios dirigidos al análisis y/o desarrollo de acciones o planes que promuevan o mejoren las condiciones de internacionalización de las empresas regionales, esencialmente al estudio, diagnóstico, diseño y puesta en marcha de planes de contingencia ante el impacto, en las distintas áreas de la empresa, de la salida del Reino Unido de la UE, y por tanto del mercado interior, que van a dificultar el normal desarrollo de la actividad exportadora o importadora en ese mercado.

Cuantía de la subvención.

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 10.000 euros en cada convocatoria, y la intensidad máxima de la subvención no podrá ser superior al 75% en términos de subvención bruta.

Presentación y plazo.

Los interesados, con carácter obligatorio, incluidas las personas físicas (empresarios individuales o autónomos), deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación por medios electrónicos de solicitudes y documentación complementaria conforme al modelo que encontrará en la dirección de Internet:

www.institutofomentomurcia.es/infodirecto

Hasta el 31 de diciembre de 2019, o finalización del presupuesto.

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