Convocatoria INFO para la concesión de préstamos dirigidos a fomentar la inversión y mejora competitiva de las empresas. Linea invierte.

Beneficiarios:

Podrán acogerse a la financiación prevista en esta convocatoria las PYMES, que revistan forma de sociedades mercantiles, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las indicados en el punto 1, apartados: a), b), c), d), e), f), g), h), i), j) del artículo 2 de las Bases Reguladoras, publicadas  en el BORM n.º 140 de 20 de Junio de 2018.

Objeto:

Constituye el objeto de esta convocatoria, la concesión, en régimen de concurrencia previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de apoyos financieros mediante préstamos a PYMES con proyectos de inversión principalmente destinados a la modernización y mejora competitiva de la empresa.

Las inversiones financiables las siguientes:

a) La adquisición de activos tangibles o activos productivos materiales, con exclusión expresa de terrenos y elementos de transporte exterior. La suma de los conceptos de obra civil y edificación podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento del proyecto financiable.

b) La adquisición de activos intangibles.

c) Aumento con carácter permanente del capital circulante necesario para el crecimiento del negocio derivado del proyecto de inversión. La suma de los conceptos incluidos en esta partida podrá alcanzar hasta un máximo del veinticinco por ciento del proyecto financiable.

Características de la financiación.

El importe máximo del préstamo podrá alcanzar hasta el 100 por cien de los costes elegibles del proyecto con un importe mínimo de financiación por beneficiario de 50.000 euros y un máximo de 1.000.000 euros. Atendiendo a las características del tipo de proyecto de inversión podrán concederse préstamos por importe superior a 1.000.000 euros.

Plazo de amortización: Diez años máximo, incluyendo un periodo de carencia de hasta el cincuenta por ciento del plazo total, con un máximo de tres años, adaptado a las características del proyecto de inversión. El plazo mínimo de concesión del préstamo será de dos años.

Tipo de interés: se compondrán de la suma de los siguientes tipos:

Tipo de referencia: Para el primer año se calculará sobre el EURIBOR a un año publicado en el último día mes anterior a la fecha de celebración del Comité de Evaluación de Proyectos previsto en el artículo 15.

En los años sucesivos se revisará anualmente sobre la base del Euribor a un año registrado en el último día del mes de diciembre del ejercicio anterior y entrará en vigor a partir del 1 de enero de cada año.

Tipo adicional: se determinará en función de la calificación crediticia de la empresa beneficiaria en el momento de la concesión. El tipo adicional oscilará entre el 0,55% y el 2,80%.

Se exigirá las garantías adecuadas según las características de cada operación, oscilando el nivel mínimo de garantías entre un 10 por ciento y un 30 por ciento del importe del préstamo concedido.

Requisitos de los beneficiarios.

Podrán acogerse a la financiación prevista en estas Bases exclusivamente las PYMES, que revistan forma de sociedades mercantiles, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia Ver bases

Presentación y plazo.

Los interesados deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del INFO mediante presentación telemática de solicitudes y documentación complementaria, conforme al modelo que se encontrará en el apartado de préstamos de la dirección de Internet: https://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/

La solicitud de financiación podrá presentarse desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, hasta el 31 de diciembre de 2018, salvo que con carácter previo se hubiera agotado el presupuesto de la Convocatoria.

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