Dentro de las Acciones para la elaboración y experimentación de productos, técnicas y/o herramientas de carácter innovador de interés para la mejora de la formación profesional para el empleo.  Tendrán especial consideración aquellas acciones referidas a herramientas y metodologías de aprendizaje basadas en nuevas tecnologías de información y comunicación que extiendan la formación a los trabajadores de pequeñas empresas.
Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2017, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación para el empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Beneficiarios.

Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades habilitado por la Administración pública competente.

Objeto.

Las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación para el empleo se adecuarán a las acciones de investigación e innovación que se establecen a continuación, y serán consideradas como prioritarias por la Comisión Técnica de Valoración las acciones relacionadas en el Anexo de la presente Resolución.

1. Acciones de prospección y análisis. Estas acciones estarán destinadas a profundizar en el conocimiento de los factores que configuran las demandas de formación, de los problemas y necesidades especificas de formación en los distintos sectores económicos o ámbitos territoriales y de otras materias que afectan de manera general a la formación profesional para el empleo,  anticiparse a los cambios en las cualificaciones profesionales y adaptar los módulos formativos de acuerdo con lo que se establezca en la normativa reguladora de los Certificados de Profesionalidad. Asimismo, facilitarán a los agentes implicados la información necesaria para que la formación profesional proporcione a los trabajadores desempleados y ocupados los conocimientos y prácticas adecuados a las competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo. Igualmente, estas acciones tendrán entre sus fines conocer las necesidades formativas de los trabajadores con mayor dificultad de inserción o de mantenimiento en el mercado de trabajo y de las pequeñas y medianas empresas.

  • Acciones de investigación de carácter sectorial.
  • Acciones de investigación y prospección de carácter transversal y multisectorial, especialmente las dirigidas a colectivos prioritarios.

2. Acciones para la elaboración y experimentación de productos, técnicas y/o herramientas de carácter innovador de interés para la mejora de la formación profesional para el empleo. Estarán destinadas a facilitar a las empresas y a los distintos agentes que participan en la gestión de la formación de los trabajadores desempleados y ocupados los instrumentos que les permitan mejorar su organización, planificación y desarrollo. Tendrán especial consideración aquellas acciones referidas a herramientas y metodologías de aprendizaje basadas en nuevas tecnologías de información y comunicación que extiendan la formación a los trabajadores de pequeñas empresas.

3. Acciones de evaluación de la formación profesional para el empleo. Estas acciones estarán destinadas a realizar procesos de evaluación de la formación de los diferentes sectores de actividad económica o ámbitos territoriales y a desarrollar metodologías y herramientas de evaluación para que puedan ser aplicados por quienes participan y gestionan la formación, con el fin de mejorar su calidad.

4. Acciones de promoción y difusión. Tendrán por finalidad generar redes de conocimiento de la formación profesional para el empleo mediante centros virtuales de trabajo, bases documentales de consulta, campañas de difusión, publicaciones, foros de discusión en línea o presenciales, guías de buenas practicas y cualquier otra medida que favorezca la promoción y difusión de las iniciativas, estudios, herramientas y productos de formación profesional para el empleo entre los trabajadores, las empresas, las organizaciones empresariales y sindicales y los distintos agentes que participan en la formación, así como la promoción de agrupaciones de pequeñas y medianas empresas para la organización y gestión de sus programas de formación.

Bases Reguladoras.

Orden TIN/2805/2008, de 26 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE número 242, de 7 de octubre)

 Cuantía del importe convocado

El importe total convocado es de 400.000,00 euros

Cuantía de la subvención

La cuantía de la subvención se determinará teniendo en cuenta la memoria de costes, presentada y subvencionables, de acuerdo al Anexo de la Orden TIN/2805/2008, y si concurre alguna otra solicitud de subvención para el mismo tipo de acción.

Plazo de presentación de solicitudes:

15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Más información a través del enlace

Acceso a la web para tramitar las Ayudas