CDTI Abre la convocatoria, Programa FEDER INNTERCONECTA, proyectos de I+D en cooperación. Dentro de los retos está el de economía y sociedad Digital. El plazo de presentación de solicitudes acaba el 20 de Junio de 2016.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas constituidas únicamente por empresas. Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME. El número máximo de empresas integrantes de la agrupación será de seis.

Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas, podrá superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.

Objeto.

Se pretende estimular la cooperación estable en actividades de I+D entre empresas ubicadas en las principales regiones destinatarias del “Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020”, cofinanciado a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). En particular, se persigue el desarrollo de tecnologías novedosas en áreas tecnológicas de futuro con proyección económica y comercial a nivel internacional, suponiendo a la vez un avance tecnológico e industrial relevante para dichas regiones.

Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de desarrollo experimental en la modalidad de proyectos en cooperación y deberán ser desarrollados en el ámbito geográfico de las siguientes comunidades y/o ciudades con Estatuto de Autonomía: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, Ceuta y Melilla.

Características de los proyectos

a) De cuantía: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 1.000.000,00 € y máximo de 4.000.000,00 €.

b) De duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2017 o el 31 de diciembre de 2018.

c) De ámbito geográfico: solo se financiarán aquellos proyectos que sean desarrollados en el ámbito geográfico de las siguientes comunidades y/o ciudades con Estatuto de Autonomía: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, Ceuta y Melilla.
Todos los socios de la agrupación o del consorcio deberán llevar a cabo la totalidad de las actividades de desarrollo del proyecto en alguna o algunas de las comunidades y/o ciudades con Estatuto de Autonomía anteriores. Esto implica que la partida de “Gastos de Personal” deberá corresponder a personas que realicen sus trabajos en dichas comunidades y/o ciudades con Estatuto de Autonomía, de forma tal que el trabajador debe estar dado de alta en un centro de trabajo de las comunidades y/o ciudad con Estatuto de Autonomía correspondiente. Cada empresa integrante de la agrupación podrá designar solamente una comunidad o ciudad con Estatuto de Autonomía como lugar de desarrollo de sus actividades.

Cuantía de las ayudas:

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos:

  • Pequeñas empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 60%;
  • Medianas empresas, del 50%
  • Grandes empresas, del 40%.

Gastos subvencionables:

  1. Gastos de personal. Se financiará la dedicación al proyecto de investigadores, técnicos y personal auxiliar, tanto del personal propio de la empresa como nuevas contrataciones. Estos gastos deberán corresponder a personal dado de alta en un centro de trabajo de la comunidad y/o ciudad con Estatuto de Autonomía en la que se desarrollen las actividades del proyecto.
  2. ° Costes de adquisición de equipamiento, instrumental y material necesario para la actuación. En caso de que el equipamiento, el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto de investigación, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto de investigación, calculados según buenas prácticas de contabilidad.
  3.  Adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  4. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
  5.  Informe de Auditoría.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 29 de abril de 2016 y finalizará el día 20 de junio de 2016, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Resolución convocatoria Innterconecta CDTI