AYUDAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA EL DESARROLLO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA POR GRUPOS COMPETITIVOS 2018. Extracto.

Objeto y fines.
Desarrollo de proyectos de investigación científica y técnica de carácter fundamental, aplicado, de desarrollo experimental o innovador, que favorezcan la generación de nuevo conocimiento capaz de representar un avance significativo en las distintas áreas científicas y técnicas, consolidar la actividad de los grupos de investigación, su proyección internacional y su capacidad de transferencia de conocimientos, proporcionar respuesta a retos socio-económicos de los ciudadanos y potenciar la  competitividad de las universidades y centros de investigación de la Región de Murcia.
Entre los fines de las presentes ayudas se encuentran los siguientes:

  • Generación de nuevo conocimiento de excelencia mediante la ejecución de proyectos de investigación basados en trabajos experimentales o teóricos en distintas vertientes (fundamental, orientada a retos, técnica-industrial y en humanidades y ciencias sociales) que representen un avance significativo en el ámbito específico al que se adscriben.
  • Favorecer el desarrollo de proyectos en colaboración con empresas, asociaciones empresariales, organizaciones y otros agentes del sistema para reforzar los procesos de valorización, protección y explotación del conocimiento, y su internacionalización.

Las presentes ayudas no prevén la cofinanciación de proyectos
Centros de aplicación.
Los proyectos de investigación financiados con cargo a estas ayudas podrán desarrollarse en universidades y organismos de investigación públicos o privados sin ánimo de lucro con trayectoria investigadora acreditada ubicados en la Región de Murcia.
Solicitantes.
Investigador principal/Solicitante. Podrán solicitar estas ayudas, en calidad de investigadores principales del proyecto de investigación propuesto, los doctores que, en el momento de la presentación de la solicitud y durante el plazo de ejecución del proyecto, tengan vinculación estatutaria o contractual, con dedicación plena y a tiempo completo, con una universidad u organismo de investigación público o privado sin ánimo de lucro radicado en la Región de Murcia, y se encuentren en servicio activo en dicha vinculación.
Las presentes bases no prevén la presentación de proyectos de carácter unipersonal.
Equipo de investigación.
Los miembros del equipo deberán encuadrarse en alguna de las siguientes categorías:
a) Investigadores. Podrán figurar con esta condición quienes, al tiempo de la formalización de la solicitud, estén en posesión del grado de doctor y tengan vinculación estatutaria o contractual en situación de servicio activo, al menos por la duración completa del proyecto, con dedicación plena y a tiempo completo, con universidades u organismos de investigación públicos o privados, sin ánimo de lucro, con trayectoria investigadora acreditada ubicados en la Región de Murcia. Se admitirán así mismo como miembros del grupo a quienes se  encuentren en periodo de formación predoctoral con financiación de un programa competitivo destinado específicamente ala formación de investigadores.
b) Asesores científicos externos. Podrán figurar con esta condición aquellos doctores con amplia trayectoria investigadora que pertenezcan a centros de investigación, públicos o privados sin ánimo de lucro externos a la Región de Murcia, principalmente en el extranjero.
c) Colaboradores. Deberán figurar con esta condición el resto de miembros del equipo en quienes no concurra alguno de los requisitos exigidos en los apartados anteriores.
Entidad beneficiaria.
La universidad u organismo de investigación al que se encuentre adscrito el investigador principal y solicitante de la ayuda tendrá la consideración de entidad beneficiaria.
Duración de las ayudas.
Las ayudas se concederán para el desarrollo de proyectos de investigación con una duración de dos o tres años.
Dotación y pago.
El importe de la ayuda se fijará en función de la evaluación científico-técnica obtenida por la propuesta, de su presupuesto de gastos en relación con los gastos susceptibles de financiación previstos en estas bases y su adecuación para desarrollar las actividades propuestas, y de las disponibilidades presupuestarias del Programa
Gastos financiables.
Son susceptibles de financiación aquellos gastos que de manera indubitada estén relacionados con el proyecto de investigación, sean necesarios para su ejecución y hayan sido contraídos durante el periodo de ejecución del mismo.
De forma general, serán susceptibles de financiación los siguientes conceptos de gasto:

  • Gastos de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación de equipamiento científico-técnico, incluyendo equipos informáticos cuya necesidad se justifique suficientemente en el presupuesto, programas de ordenador de carácter técnico, material bibliográfico y adquisición de bienes materiales en la modalidad de arrendamiento financiero («leasing»). Máximo 24.000 euros
  • Gastos de adquisición de material fungible, suministros y productos similares, excluyendo el mobiliario de oficina.
    Costes de utilización y acceso a Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS)
  • Gastos de viajes y manutención.
  • Gastos para asistencia a congresos y conferencias científicas, incluyendo los de inscripción, desplazamiento y dietas, con el límite máximo de 3.000 euros distribuidos en las tres anualidades del proyecto.
  • Gastos de solicitud y mantenimiento de derechos de propiedad industrial e Intelectual derivados del proyecto.
  • Gastos derivados del asesoramiento y apoyo técnico a la investigación, innovación y transferencia de resultados, tales como consultoría de gestión, asistencia tecnológica, servicios de transferencia tecnológica, consultoría para la adquisición, protección y comercio de derechos de propiedad industrial e intelectual; acuerdos de licencias, bancos de datos y bibliotecas técnicas…
  • Gastos de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto. Se incluyen los gastos de publicaciones derivadas de congresos o jornadas científico-técnicas financiadas con cargo al proyecto.
  • Gastos de organización de congresos, seminarios, reuniones y jornadas científicas exclusivamente destinadas la difusión de los resultados del proyecto y celebradas en la Región de Murcia. No se financiarán honorarios o remuneraciones por la participación en el congreso, seminario, reunión y jornada científica ni a los miembros del equipo del proyecto ni a investigadores ajenos al mismo.
  • Gastos de subcontratación de las actividades del proyecto, con un límite máximo del 25% de la ayuda concedida.
  • No se podrá solicitar, ni será objeto de financiación, ningún tipo de gasto de personal con cargo a estas ayudas.
  • En el concepto de costes indirectos las entidades beneficiarias podrán imputar un porcentaje de hasta el 10 % de los costes directos de ejecución que no estarán sujetos a justificación.
Plazo de Solicitudes
La convocatoria se cerrará a las 14 horas del día 01/10/2018