
Descripción:
Esta Convocatoria tiene la finalidad de seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, a los beneficiarios de ayudas dinerarias destinadas a la realización de proyectos de desarrollo experimental que impulsen la adopción de la inteligencia artificial en el ámbito de la salud.
Los proyectos tendrán como objeto la experimentación en un entorno con datos reales de soluciones basadas en inteligencia artificial que den respuesta a casos de uso en las diferentes áreas del proceso asistencial (predicción, prevención, diagnóstico, tratamiento, atención y seguimiento), la investigación clínica, biomédica y farmacológica, la gestión de los sistemas sanitarios o la respuesta ante situaciones de emergencia sanitaria
En los proyectos se realizará un uso intensivo de tecnologías asociadas a la Inteligencia Artificial, tales como tecnologías de aprendizaje automático (Machine Learning), aprendizaje profundo (Deep Learning) o inteligencia artificial generativa (Generative IA) entre otras.
En el proyecto deberán participar de forma efectiva aquellos agentes que sean necesarios (por ejemplo, servicios de salud, hospitales, empresas, universidades, centros de investigación, asociaciones de pacientes, profesionales, etc.,) para la adecuada ejecución del proyecto y para la consecución de los objetivos de las presentes bases.
Beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas las empresas con domicilio fiscal ubicado en territorio español, o que dispongan de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras y la Convocatoria.
La ayuda deberá tener un efecto incentivador en la actividad objeto de esta y debe cambiar el comportamiento de la empresa de tal manera que esta emprenda actividades complementarias que no realizaría, o que, sin la ayuda, realizaría de una manera limitada o diferente.
Presupuesto de las ayudas:
El importe máximo total de las ayudas asciende a la cantidad de cincuenta millones de euros (50.000.000 €), distribuidos regionalmente de la siguiente forma:
| Grupos de Regiones | Presupuesto ayudas | 
| Menos desarrolladas: (Andalucía, Castilla La Mancha, Extremadura, Ceuta y Melilla) | 15.000.000 € | 
| En transición: (Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia, La Rioja) | 15.000.000 € | 
| Más desarrolladas: (Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco) | 20.000.000 € | 
| Grupos de regiones según lo indicado en el artículo 108, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (Reglamento de Disposiciones Comunes). | 
El solicitante indicará en la solicitud de participación, la Comunidad Autónoma o Comunidades Autónomas en la que se desarrollará el proyecto.
El presupuesto de cada proyecto será determinado por cada solicitante, no existiendo limitación sobre su cuantía total, pero sí sobre la cuantía de la ayuda. El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud será de 400.000€ y el máximo de 5.000.000€. Los beneficiarios podrán solicitar el pago con carácter anticipado hasta un importe máximo del 40% de la ayuda concedida.
Un proyecto podrá desarrollarse en más de una Comunidad Autónoma, en cuyo caso el solicitante deberá detallar en su solicitud las actividades con su gasto asociado que se desarrollará en cada Comunidad.
Financiación y cuantía de la ayuda:
La intensidad máxima de la ayuda para cada beneficiario de los costes subvencionables del proyecto de desarrollo experimental será la recogida en Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión):
| Intensidades de ayuda máximas de los costes subvencionables | |||
| Tipo empresa | Resto de empresas y entidades | Mediana Empresa | Pequeña Empresa | 
| Intensidad de la ayuda | 25% | 35% | 45% | 
Podrá añadirse una bonificación de 15 puntos porcentuales, de acuerdo con el artículo 25 apartado 6 letra b) del Reglamento General de Exención por Categorías y el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023 por el que se modifica dicho reglamento. Para ello el beneficiario deberá cumplir una de las siguientes condiciones:
· difundir ampliamente los resultados del proyecto, por medio de conferencias y publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta en las que deberá citarse siempre a Red
· llevar a cabo el proyecto en una región asistida que cumpla las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Presentación de solicitudes:
Hasta el 5 de enero de 2026 a las 23:59
Más información: