Beneficiarios. Podrán adquirir la condición de beneficiarios de las ayudas contempladas en la convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación. Las agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, según la definición del artículo 3.1 de la Orden CNU/1308/2018 de 28 de noviembre.
Objeto. Las ayudas financiarán proyectos de I+D empresarial en cooperación. Los proyectos deberán encuadrarse en una de las cinco misiones identificadas en la convocatoria, de modo que los objetivos establecidos en los mismos se orienten hacia uno o más de los ámbitos de mejora propuestos para cada misión.
Las cinco misiones identificadas son:
- Energía segura, eficiente y limpia para el siglo XXI
- Movilidad sostenible e inteligente
- Impulsar un gran sector agro-alimentario sostenible y saludable
- Impulsar la industria española en la revolución industrial del siglo XXI
- Dar respuesta sostenible a las enfermedades y necesidades derivadas del envejecimiento
Los proyectos presentados deberán acogerse a una de las siguientes categorías: Misiones CDTI “Grandes Empresas” o Misiones CDTI “PYMES“, y cumplir los requisitos correspondientes a su categoría:
Misiones “Grandes Empresas”
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 10.000.000 euros.
El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto. En cualquier caso, la última anualidad deberá representar, al menos, el 20% del presupuesto elegible.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 85%.
Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que, al menos, el 20% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte del mismo deberá realizarse en el año 2020. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2020. Los proyectos tendrán una duración de tres o cuatro años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2022 o el 31 de diciembre de 2023.
Tamaño de la agrupación: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas.
Misiones “PYMES”
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 3.000.000 euros.
El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto. En cualquier caso, la última anualidad deberá representar al menos el 20% del presupuesto elegible.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 60%.
Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte del mismo deberá realizarse en el año 2020. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2020. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2021 o el 31 de diciembre de 2022.
Tamaño de la agrupación: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de seis empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas.
Bases reguladoras.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y finalizará el día 15 de abril de 2020, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
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