Programa de ayudas destinadas a fomentar la I+D empresarial en el marco de la Estrategia RIS4 Región de Murcia 2021-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Los proyectos presentados tienen que cumplir la finalidad de dar solución novedosa a problemas actuales y futuros, mediante tecnologías duales o de doble uso, comprendidas en algunas de la áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es), y en las temáticas de Defensa, Seguridad y Reconstrucción.

Beneficiarios:
PYMES, grandes empresas, personas físicas o jurídicas cualquiera que sea su forma jurídica, y que cumplan los requisitos especificados en las bases reguladoras.


Objeto:
Financiar los proyectos de I+D empresarial que tienen que cumplir la finalidad de dar solución novedosa a problemas actuales y futuros, mediante tecnologías duales o de doble uso, comprendidas en alguna de las áreas de desarrollo económico reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia,
https://www.ris4regiondemurcia.es), y en las temáticas de Defensa, Seguridad y Reconstrucción.
Se entenderá por tecnologías duales o de doble uso, aquellas susceptibles de aplicación tanto en ámbitos civiles como en contextos relacionados con la seguridad o la protección civil, sin destinarse de forma exclusiva a fines militares

Con esta finalidad, se podrán presentar proyectos a las siguientes modalidades:

Modalidad 1.- Proyectos individuales

Realizados por una sola empresa que, necesariamente, responda a la definición de PYME.

Ayuda:

La cuantía máxima de subvención: 120.000.-€ por proyectoIntensidades a tipo fijo según el tipo de empresa:

Mediana empresa: 35% Pequeña empresa: 45%

Duración del proyecto: 

El proyecto podrá iniciarse desde el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y tendrá una duración máxima de dieciocho (18) meses, a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

  1. Costes de personal.Los costes brutos del personal investigador y del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.Solo serán subvencionables los gastos del personal que, estando relacionado con la operación, sean necesarios para su ejecución.
    Se establece un coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros. Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal y quedan expresamente excluidos.
  2. Colaboraciones externas. Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de investigación y desarrollo. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará subvencionable.
  3. Costes indirectos. El 20% de los costes de personal subvencionables.

Requisitos:

El proyecto no debe estar iniciado en el momento de la solicitud.Los contratos o acuerdos con colaboradores externos no deberán estar firmados en el momento de la solicitud.Presupuesto mínimo subvencionable: 70.000.- euros En ningún caso se subvencionarán aquellas actividades de I+D que habitualmente realiza la empresa y que constituyen su actividad productiva o de comercialización.

Modalidad 2.- Proyectos en cooperación

Son realizados en régimen de colaboración efectiva entre varias empresas independientes de las que, al menos, una de ellas cumpla la definición de PYME. En estos proyectos, cada empresa participante realizará una solicitud por la parte del proyecto que ejecute, que constituirá, en su caso, la base subvencionable que le corresponda a los efectos del cálculo de su subvención. Por tanto, para que el proyecto pueda ser admitido y subvencionado, al menos deberán presentarse dos solicitudes por parte de dos empresas diferentes. Ninguna de las empresas participantes podrá ser sustituida por otra, una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes.

Ayuda:

La cuantía máxima de subvención: 350.000.-€ por proyecto, estando limitada la subvención por cada solicitante participante en el proyecto a 140.000 €

Intensidades a tipo fijo según el tamaño de empresa:

  • Gran empresa: 40%
  • Mediana empresa: 50%
  • Pequeña empresa: 60%

Duración del proyecto: Duración del proyecto: El proyecto podrá iniciarse desde el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y tendrá un plazo máximo de realización de veinticuatro (24) meses, a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Costes elegibles:

  1. Costes de personal. Los costes brutos del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.Solo serán subvencionables los gastos del personal que, estando relacionado con la operación, sean necesarios para su ejecución.
    Se establece un coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros.Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal y quedan expresamente excluidos.
  2. Colaboraciones externas. Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de investigación y desarrollo. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará subvencionable.
  3. Costes indirectos. El 20% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables.

Requisitos:

  • El proyecto no debe estar iniciado en el momento de la solicitud.
  • Los contratos o acuerdos con colaboradores externos no deberán estar firmados en el momento de la solicitud.
  • El acuerdo de colaboración de las empresas que participan en el proyecto en cooperación sí debe estar firmado por todas las empresas que participan en el proyecto en el momento de la solicitud.
  • Presupuesto mínimo subvencionable por solicitante: 70.000.- euros
  • En ningún caso se subvencionarán aquellas actividades de I+D que habitualmente realiza la empresa y que constituyen su actividad productiva o de comercialización.
  • Ninguna empresa deberá ejecutar más del 60% del importe de los costes elegibles del proyecto.

Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud de subvención podrá presentarse desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta las 14:00 horas del 18 de septiembre de 2026.

Ver en la BDNS

Bases reguladoras Modificación Bases

Convocatoria completa

Proyectos Individuales web INFO

Proyectos en cooperación web INFO