Objeto:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas para la financiación de acciones de fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:

1. Cultura científica, tecnológica y de la innovación.

2. Educación y vocaciones científicas.

3. Ciencia Ciudadana.

4. Redes de comunicación y divulgación de la ciencia y la innovación.

5. Fomento del pensamiento crítico.

Objetivos específicos:

  • Incrementar la cultura científica, tecnológica e innovadora de la sociedad española.
  • Incrementar la difusión de los resultados de investigación científico-técnica y de la innovación financiados con fondos públicos.
  • Fomentar e incentivar el acercamiento de la ciencia, la tecnología y la innovación a los ciudadanos acortando distancias entre el mundo científico y tecnológico y la sociedad en general.
  • Mejorar la educación científico–técnica de la sociedad en todos los niveles.
  • Impulsar la participación activa de la sociedad en actividades de divulgación científica.

Solicitantes y beneficiarios:

Esta Convocatoria pública, la única de estas características a nivel nacional, financiará proyectos de divulgación y comunicación de la ciencia que empresas, universidades, fundaciones y centros públicos de investigación, entre otros, realicen entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023.  

Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas, y tengan domicilio fiscal en España:

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora. Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros.
  • Centros públicos de I+D que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

Presupuesto de la convocatoria:

El importe global máximo que, con carácter estimativo, se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la convocatoria es de 3.940.000 euros, con cargo al presupuesto 2021 del Programa de Cultura Científica y de la Innovación de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P. (FECYT). La concesión de ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

Dotación presupuestaria máxima:

Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del sesenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite de150.000 euros por solicitud presentada.

Plazo:

El plazo para elevar a definitiva una solicitud en el sistema telemático de participación finalizará el 2 de diciembre de 2021 a las 13:00 horas (hora peninsular española). Solo se entenderá debidamente presentada aquella solicitud que, tras ser elevada a definitiva, haya sido firmada electrónicamente por parte de el/los representante/s legal/es de la/s entidad/es solicitante/s antes de las 13:00 horas (hora peninsular española) del 3 de diciembre de 2021.

Ver más información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Ver bases reguladoras y convocatoria en la web de FECYT