Objeto y beneficiarios:

La ayuda tiene por objeto establecer subvenciones para la realización de proyectos empresariales en empresas con Potencial Tecnológico y Escalables.

  • Que sean empresas innovadoras con potencial tecnológico y/o escalables.
  • Que desarrollen las actividades del proyecto subvencionado dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Que su actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es)

Los proyectos subvencionables podrán ser algunos de los siguientes:

  • Proyectos de innovación de producto o proceso.
  • Proyectos de inversión productiva.
  • Proyectos de digitalización de la gestión y prestación de servicios de la empresa.
  • Proyectos de promoción, lanzamiento y posicionamiento de producto o servicio.
  • Proyectos de internacionalización de producto o servicio.

Ayuda:

Subvención a fondo perdido con una cuantía máxima por beneficiario en cada convocatoria de 80.000. La intensidad máxima de la subvención podrá ser:

Empresas con categoría 1 (Empresas de base tecnológica y/o innovadora en tecnología): 70% del gasto subvencionable.

Empresas con categoría 2 (Empresas con modelo de negocio innovador y escalables): 50% del gasto subvencionable.

La cuantía de la ayuda se calculará en función de los costes elegibles de los proyectos y la antigüedad de la empresa

Requisitos:

El número máximo de solicitudes por beneficiario no podrá exceder de dos.

El presupuesto de gasto subvencionable mínimo por proyecto será de 5.000 euros.

La cuantía máxima de subvención no podrá exceder de 80.000 euros por beneficiario.

El plazo máximo de realización del proyecto subvencionado será de 12 meses a partir de la fecha de la notificación de la Resolución general de concesión de subvenciones.

La fecha a partir de la cual podrán considerarse subvencionables los costes del proyecto es el 30 de junio de 2023.

Los gastos elegibles ejecutados, es decir, realizados y pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, no podrán superar el 80% del presupuesto elegible total del proyecto.

El importe máximo subvencionable del coste elegible “colaboraciones externas” no podrá exceder de 30.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes:

la solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente, desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM hasta las 24 horas del día 17 de julio de 2024.

Ver bases reguladoras

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