Beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria las pymes, micropymes o autónomos del sector turístico y hostelería, cuya actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región Murcia, que cuenten con una operación financiera formalizada y amparada por el Programa de Ayudas de la Línea de Ayuda ITREM Turismo Seguro, y que se encuentren inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia y/o, dados de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos y se encuentren dados de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas correspondientes a hostelería.

Objeto:

Ayudas previstas en la Orden de 29 de mayo de 2020 de la Consejería de Turismo, Juventud y Deportes del programa de apoyo a las empresas y autónomos del sector turístico y de la hostelería de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19, Línea de Ayuda ITREM Turismo Seguro, de la estrategia Reactiva Turismo y Hostelería.

Cuantía:

El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de ochocientos mil euros (800.000,00 €).

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Turismo a cada beneficiario no podrá exceder de la cuantía resultante de aplicar el 1,25% de tipo de interés nominal anual fijo al riesgo vivo, el 0,25% de la comisión de apertura del préstamo sobre el principal, el 0,75% de coste anual del aval al riesgo vivo y el 0,25% de la comisión de estudio del aval sobre el principal, de las operaciones de préstamo formalizadas con cuotas periódicas constantes de amortización, que podrán tener un principal de entre 15.000,00 y 30.000,00 euros, un plazo de duración de entre 3 y 5 años, y un plazo de un año de carencia.

Plazo de presentación de solicitudes:

La solicitud de ayuda se presentará en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección electrónica señalada en el artículo 9.2 y podrá realizarse desde las 9 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM, hasta las 24 horas del 30 de octubre de 2020.

Ver bases reguladoras

Acceso a la dirección electrónica