Beneficiarios.

Pymes y autónomos.

Objeto.

Ayudas dirigidas a las empresas del sector audiovisual y de los contenidos digitales de la Región de Murcia, que estarán destinadas a colaborar en la financiación de los gastos originados en la adquisición de equipamiento de producción y postproducción de contenidos digitales.

La finalidad de estas ayudas es contribuir a la modernización y mejora de los recursos técnicos empleados por las empresas del sector audiovisual regional para la creación de contenidos digitales dirigidos a los distintos medios de comunicación audiovisuales, entendiendo como tales, tanto la televisión, como el cine y otras plataformas digitales, adaptándose así a los cambios tecnológicos y exigencias del actual mercado audiovisual.

Cuantía.

El crédito destinado a financiar esta convocatoria es de cien mil euros (100.000,00 €).

Se podrá financiar hasta un 50% de los gastos subvencionables, siendo la cuantía máxima de ayuda de 7.500 € por beneficiario.

La cuantía máxima que cada beneficiario podrá obtener en concepto de ayuda podrá llegar hasta un 50% de los gastos subvencionables, no pudiendo superar la cantidad máxima de 7.500 € y serán destinarán a cofinanciar los costes de adquisición, mediante compra, de equipamiento nuevo y de primer uso, de producción y postproducción de contenidos digitales.

A los efectos de la presente convocatoria, se considerarán materiales o equipamientos subvencionables, entre otros, los incluidos en la siguiente relación:

  • Cámaras de video digitales, así como equipamiento complementario a la producción de contenidos, incluyendo equipamiento de audio profesional (amplificadores y procesadores, mesas de mezclas digitales, grabadores y reproductores, micrófonos, auriculares, cajas acústicas, etc.…), elementos de iluminación, monitorización, ópticas, trípodes, estabilizadores y otros elementos de producción.
  • Equipamiento de edición digital incluyendo equipos informáticos destinados al montaje y/o generación de audiovisuales, magnetoscopios, tarjetas capturadoras, sistemas hardware de almacenamiento digital masivo de video, hardware específico para render, software de infografía 2D y 3D, y software para edición y postproducción digital, y otros elementos de postproducción.
  • Hardware y software para diseño y desarrollo de contenidos digitales para Internet, televisión interactiva, consolas de videojuegos o dispositivos móviles, así como hardware y software para sobretitulado y audiodescripción.
  • Archivado y gestión de contenidos.

Se considerarán NO subvencionables los siguientes conceptos:

  • El importe del Impuesto sobre el Valor Añadido u otros impuestos de carácter recuperable.
  • Aquéllos gastos que sean superiores al valor del mercado y no estén adecuadamente justificados.
  • Los gastos de transporte del equipamiento adquirido y los de instalación y puesta en funcionamiento del mismo.
  • El gasto en adquisición de electrónica de redes, cableado estructurado, smartphones, pantallas dedicadas a la exhibición, y cualquier otro equipamiento que a juicio del órgano instructor (la Dirección General de Informática y Transformación Digital), no esté claramente destinado a la producción y postproducción de contenidos digitales.

Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el 19 de octubre Hasta el 2 de Noviembre de 2022

Bases reguladoras

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