Bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el desarrollo de productos y servicios tecnológicos para espacios de datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Programa Espacios de Datos Sectoriales).
Objeto.
Bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para impulsar y hacer más competitiva la oferta de productos y servicios necesarios para el despliegue de los espacios de datos en todos los sectores económicos y para todos los intervinientes en los ecosistemas de compartición de datos. Los productos y servicios de espacios de datos incluyen, pero no se limitan a, plataformas de datos, herramientas de explotación de datos, infraestructuras de datos, y cualquier otro recurso tecnológico que permita la eficiente gestión y aprovechamiento de los datos y su compartición.
Los proyectos presentados se enmarcarán en alguna de las categorías de productos y servicios recogidos en el anexo II, así como en los desarrollos de las mismas que se contemplen en las convocatorias.
Los proyectos financiados mediante la inversión 1 del componente 12 deberán cumplir las exigencias recogidas en la definición de dicha inversión. En particular, el cumplimiento del objetivo CID 180, Espacios de datos sectoriales, conforme a lo establecido en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España COM (2023) 576 final, y según lo establecido en el correspondiente mecanismo de verificación.
Beneficiarios.
1. Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas las siguientes entidades con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en la UE conforme a las definiciones detalladas en anexo I:
a. Empresas y asociaciones empresariales de carácter público o privado, independientemente de su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica.
b. Organismos de investigación y difusión de conocimientos de carácter público o privado.
2. Las convocatorias podrán especificar los tipos de entidades que podrán ser beneficiarias, de entre las contempladas en el punto anterior.
Modalidad de las ayudas:
- Modalidad de concesión: Las ayudas se otorgan en forma de subvenciones, a través de un régimen de concurrencia competitiva.
- Financiación: Las convocatorias de ayudas especificarán los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de los proyectos.
Conceptos susceptibles de ayudas:
- Gastos de personal (investigadores, técnicos, etc.).
- Costes de instrumental y material inventariable.
- Costes de investigación contractual, patentes, consultoría y servicios externos.
- Gastos generales derivados del proyecto (hasta un 15% de los costes de personal).
- Otros gastos de explotación directamente relacionados con el proyecto.
Además, se especifica que los gastos deben ser estrictamente necesarios y realizados dentro del plazo de ejecución del proyecto.
Intensidad y Financiación de las Ayudas
- Intensidad de las ayudas:
- Empresas no PYME: Hasta el 25% del coste subvencionable.
- Medianas empresas: Hasta el 35%.
- Pequeñas empresas: Hasta el 45%.
- Bonificación: Podrá incrementarse en 15 puntos si los resultados del proyecto se difunden ampliamente, a través de conferencias, publicaciones o programas de código abierto.
- Organismos públicos: Pueden recibir hasta el 100% de los costes marginales subvencionables.
- Presupuesto de los proyectos: El presupuesto mínimo financiable es de 300.000 euros, y el máximo de 1.000.000 euros.