Descripción

El objetivo de la convocatoria de ayudas a proyectos de colaboración público-privada es el apoyo a proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

Organismo convocante:

Ministerio de Ciencia e Innovación. Fondos Next Generation.

Beneficiarios:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.

b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, y normas complementarias.

d) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.

e) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos.

f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.

g) Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.

h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

i) Asociaciones empresariales sectoriales. Las agrupaciones de interés económico (AIE) no podrán ser beneficiarias de estas ayudas.

Podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas integrados en el sistema INIA-CCAA.

Objetivos específicos y actividades que se financian

Las ayudas objeto de estas bases tienen como finalidad avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado. Asimismo, con estos proyectos se pretende movilizar inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza tecnológica del país, así como reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación y de sus agentes, contribuyendo a mejorar la competitividad del tejido empresarial.

Las ayudas contempladas en la presente orden tienen como finalidad facilitar la transferencia de conocimiento mediante actuaciones que eliminen las barreras existentes entre los diferentes actores en los ámbitos público y privado e incrementen las capacidades de divulgación y comunicación de la I+D+i a la sociedad. Mediante estas ayudas se pretende propiciar un entorno que favorezca el desarrollo de resultados científicos hacia niveles avanzados de madurez tecnológica a través de canales de transferencia entre investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación empresarial en el que operacionalmente se aumente el número de solicitudes de patentes o modelos de utilidad, el número de empresas que cooperan con centros de investigación y el número de empresas spin-off creadas.

Características de los proyectos.

Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de desarrollo experimental en colaboración efectiva por varias entidades beneficiarias.

Los proyectos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El presupuesto mínimo del proyecto será de 400.000 euros.
  • Los proyectos tendrán una duración de tres años y comenzarán su ejecución en la fecha indicada en la solicitud. En cualquier caso, la fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año 2022.
  • El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa que actuará como solicitante de la ayuda y como interlocutor único con el órgano concedente.
  • El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado y que otra sea una empresa.
  • La participación mínima por entidad será del 10 % del presupuesto total del proyecto. Para ser participante en el consorcio, se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda.
  • Para que el proyecto cumpla con los objetivos del efecto incentivador, no se admitirá la participación en la agrupación de entidades que no soliciten ayuda, o que no necesiten ayuda para la realización de la actividad.
  • La suma de los porcentajes de participación empresarial, entendiendo por tal la suma de la participación de las entidades referidas en el artículo 5.1.h) e i) deberá ser, al menos, del 51 % del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70 % de dicho presupuesto.
  • Los organismos de investigación tendrán derecho a publicar los resultados de los proyectos de investigación, siempre y cuando se deriven directamente de la investigación realizada por ellos.

Modalidad de financiación, cuantía de las ayudas

Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención o la de préstamo.

  • Las entidades pertenecientes al sector público recibirán las ayudas en la modalidad de subvención.
  • Los organismos de investigación privados, recibirán las ayudas en la modalidad de subvención.
  • Las empresas pertenecientes al sector privado solo podrán obtener ayuda en forma de préstamo, que podrá cubrir hasta el 95 % de los costes financiados con préstamo a la entidad. En el caso de que la ayuda se destine a cubrir el gasto de la entidad para nuevas contrataciones, con carácter indefinido, de investigadores con el grado de doctor destinados a la ejecución del proyecto, esta será en forma de subvención.

Intensidad de las Ayudas

La intensidad de ayuda máxima para los organismos de investigación podrá ser de hasta el 100 %

La intensidad de ayuda máxima para las empresas,dependerá de su tamaño:

a) Para las pequeñas empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 60 %.
b) Para las medianas empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 50 %.
c) Para las grandes empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 40 %.

Los préstamos tendrán las siguientes características:
a) Tipo de interés: para el cálculo del tipo de interés al que se concede el préstamo se utilizará como referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si este fuera negativo, el interés aplicable será el 0 %.
b) Plazo fijo de carencia: 3 años.
c) Plazo máximo de devolución: 7 años.
d) Plazo máximo de amortización: 10 años.

Presupuesto

375.000.000,00 €

Plazo de presentación de solicitudes:

del día 19 de enero de 2022 y finaliza el día 9 de febrero de 2022 a las 14:00 horas (hora peninsular española)

Más información:

Orden de Bases y convocatoria CPP 2021 

Base de Datos Nacional de Subvencione (BDNS): identificador 602450

Orden de bases y convocatoria BOE 

Información y tramitación de la Ayuda