Préstamos parcialmente reembolsables CDTI. Proyectos de demostración tecnológica.
Objeto:
Financiación de proyectos de desarrollo experimental cuyo objetivo sea la demostración tecnológica en condiciones semejantes al entorno real, con el objetivo principal de aportar nuevas mejoras a los mismos.
También se financiarán proyectos de desarrollo experimental cuyo resultado sean prototipos validados y certificados en entornos reales que pueda usarse comercialmente, siempre y cuando su obtención demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración.
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas (PYMES)
Característica de la ayuda:
- Tipo de interés fijo: Euribor a 1 año.
- Préstamo (cobertura financiera) de hasta el 85% del presupuesto aprobado.
- Devolución: 7 o 10 años incluyendo una carencia entre 2 y 3 años.
- Tramo no reembolsable del 15%, sujeto a disponibilidad de fondos.
- Anticipo del 35% de la ayuda con límite de 250.000 euros, sin exigencia de garantías adicionales.
- La empresa deberá financiar al menos el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
Características del proyecto
- Presupuesto mínimo financiable: 500.000 euros.
- Presupuesto máximo financiable: 15.000.000 euros.
- Duración: 12 a 36 meses.
- Durante el proceso de justificación del proyecto, el demostrador no podrá desplazarse fuera del lugar de desarrollo del proyecto sin haber obtenido la autorización previa del CDTI.
Objetivos y gastos financiables:
Los proyectos estarán focalizados en los niveles más altos de madurez de la tecnología (TRL 7 y/o TRL 8). Los proyectos de demostración tecnológica con nivel TRL 7 incluirán prototipos funcionales en condiciones semejantes al entorno real. El TRL 8 se corresponderá con prototipos validados y certificados y operativos en entornos reales, que puedan utilizarse comercialmente en las condiciones definidas anteriormente.
Los proyectos de demostración tecnológica deben contemplar actividades de I+D durante su ejecución, si bien, pueden partir de experiencias previas en proyectos de I+D llevados a cabo por la empresa proponente en niveles de tecnología TRL´s inferiores. No se considerarán proyectos meramente integradores de tecnologías de terceros.
No existe ninguna restricción en cuanto al sector o a la tecnología a desarrollar.
Se financian gastos de personal; costes de instrumental y material; costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas, consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto (quedan excluidos los asociados a la tramitación y gestión del proyecto); gastos generales suplementarios y otros gastos derivados del proyecto. También es elegible el gasto derivado del informe de auditor.
Sólo podrán considerarse elegibles aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios. Todo gasto no justificado por el solicitante será eliminado del presupuesto financiable del proyecto.
En particular, el importe de la ayuda en términos de subvención bruta equivalente, calculado sobre la base del tipo de referencia establecido en la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización, respetará en todo caso los límites de intensidad máxima de ayuda determinados:
Pequeñas empresas | Medianas empresas |
45% | 35% |
Plazo de presentación:
01-09/2018 al 28-12/2018
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