Beneficiarios.

Empresas, personas físicas (autónomos) y jurídicas, y comunidades de bienes, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas, con independencia de su tamaño, que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Región de Murcia en el que se desarrollen las actividades subvencionables.

Objeto.

Es objeto de esta convocatoria incentivar la innovación abierta en los ámbitos de Defensa, Seguridad y Reconstrucción y Desarrollo, por las empresas regionales.

Se subvencionará la realización de proyectos innovadores que resuelvan retos previamente identificados y que, consistirán en el desarrollo de un prototipo o producto mínimo viable, es decir, una versión simplificada de un potencial producto que permita materializar la posible solución a alguno de los retos planteados.

Cuantía.

El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000- €), con cargo a la partida presupuestaria 2023.08.781A.78102. Este crédito será financiado al 100% con cargo a los Presupuestos del Instituto de Fomento de la anualidad 2023.

Características:

Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 100% sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 30.000 €

Duración del Proyecto: El proyecto podrá estar iniciado desde el 1 de abril de 2023, siempre que no se encuentre finalizado en el momento de presentación de la solicitud, y tendrá una duración máxima de un (1) año a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Costes elegibles:

  1. Costes de personal. Se consideran costes de personal subvencionables los costes brutos del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Solo serán subvencionables los gastos del personal que, estando relacionado con la operación, sean necesarios para su ejecución. Se establece un coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros. Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal y quedan expresamente excluidos. En el caso de nuevas contrataciones de personal imputado al proyecto, deberán hacerse efectivas en un plazo máximo de tres (3) meses a partir de la Resolución individual de concesión de subvención, sin perjuicio de que se aporte en la solicitud, como para el resto del personal, la documentación exigida para su valoración como coste subvencionable en el proyecto.
  2. Colaboraciones externas.Costes de contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes, incluidos los de fabricación del prototipo, destinados de manera exclusiva a las actividades del proyecto. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará subvencionable.
  3. Costes indirectos.El 15% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables.

Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el día 23 de enero de 2024 hasta el 22 de marzo de 2024.

Más información:

Ver convocatoria en la BDNS

Información y solicitudes en la Web del INFO

Bases reguladoras

Listado de retos