Objeto.

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

Beneficiarios.

Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas innovadoras, constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.

Financiación.

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 35.000.000 de euros, de los que 34.600.000 euros se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 28.50.46QE.74913 de los Presupuestos Generales del Estado de 2022 y 400.000 euros con cargo al patrimonio del CDTI.

Estas partidas presupuestarias recogen las actuaciones e inversiones contempladas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.

Características de la ayuda.

Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. Con carácter general, se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en la convocatoria, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en la misma al respecto.

La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros, sin contar los gastos de formación previstos en  la convocatoria. 

Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales

Costes susceptibles de ayuda

Se financiarán los gastos destinados a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo de este.

En concreto, se podrán financiar los siguientes gastos:

Inversiones en equipos, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas / asesoría y otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, así como gastos de promoción y difusión y gastos de formación, y gastos derivados del informe de auditor.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación finalizará el día 5 de julio de 2022, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Ver convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Bases reguladoras

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Presentación de solicitudes

Convocatoria completa