Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2018 del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de convocatoria de ayudas dirigidas a los centros tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico.

Beneficiarios:

Centros Tecnológicos, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sean PYMES con arreglo a la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

b) Que sean asociaciones empresariales privadas.

c) Que estén válidamente constituidos en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

d) Que desarrollen las actividades no económicas dentro del ámbito geográfico de Región de Murcia, mediante un centro de trabajo en la Región de Murcia.

e) Que ostenten la condición de organismo de investigación y difusión del conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.carm.es/ris3), siempre que se encuadren en el objeto, requisitos y costes elegibles del programa específico anexo a la orden reguladora.

Objeto:

Es objeto de esta convocatoria, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I del título I de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el desarrollo por parte de los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia de las actividades de carácter no económico previstas en el artículo 1 de las bases reguladoras.

Costes elegibles.

MODALIDAD 1: PROYECTOS I+D INDEPENDIENTE.

Sólo se admitirán solicitudes que desarrollen proyectos de I+D independiente sobre la temática de “Economía Circular” entendidos como aquellos proyectos cuyo objetivo principal sea la generación de conocimiento y/o el desarrollo de tecnologías en alguna de las siguientes líneas:

• Proyectos tendentes a lograr que el valor de los productos, materiales y los recursos utilizados permanezcan en la economía durante el mayor tiempo.

• Proyectos que supongan una reducción de la generación de residuos.

• Proyectos que fomenten la reutilización y/o valorización de los residuos

Para cada uno de los proyectos de I+D independiente se establece que el presupuesto máximo elegible será de 100.000 euros y el mínimo de 50.000 euros.

El plazo para la realización de la actividad o proyecto subvencionado será el comprendido entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019

Bases Reguladoras.

Orden de 26 de diciembre de 2017 de la Consejería Empleo, Universidades y Empresa por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico, publicada en el BORM n.º 298, de 28 de diciembre de 2017, modificada por Orden de 18 de diciembre de 2018 de la Consejería de Empleo, Universidades y Empresa, publicada en el BORM nº 295 de 24 de diciembre de 2018.

Financiación.

El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL EUROS (247.000,00 €). Este crédito será financiado hasta el 80% con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), es decir, hasta ciento noventa y siete mil seiscientos euros (197.600,00 €), asignados al Instituto de Fomento de la Región de Murcia con arreglo a la Subvención Global establecida mediante Decisión C (2015) 3408 de la Comisión.

Sexto. Cuantía de la subvención. La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a un beneficiario será del 100% de los costes elegibles aprobados y no podrá exceder de:

100.000 euros por beneficiario para la Modalidad 1.

Presentación y plazo.

Las solicitudes de subvención podrán presentarse desde las 9 horas del día siguiente a la publicación en el BORM hasta transcurrido un mes desde su publicación.

Ver convocatoria y bases a través del enlace