Beneficiarios:
Las PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia
Categorías del servicio:
- La empresa solicitante es el promotor del proyecto y líder del Consorcio a formar.
- La empresa solicitante opta a participar como socio de proyectos presentados (evaluación en única fase o solo segundas fases en caso de evaluaciones en dos fases).
- Optar a Instrumento PYME FASE 2.
- La empresa solicitante opta a participar como socio de proyectos presentados al Programa H2020 (primeras fases en caso de evaluaciones en dos fases).
- Optar a Instrumento PYME FASE 1.
Los beneficiarios son Pymes con escasa o nula experiencia en el ámbito de los Programas y Proyectos Europeos, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Región de Murcia (salvo sectores excluidos).
Objeto:
Incentivar la contratación de servicios de asesoramiento en preparación de propuestas para programas y proyectos europeos, (Cheque-Europa), y de las adhesiones de las empresas proveedoras de servicios acreditadas.
Cuantía de la subvención:
Subvención a fondo perdido del 80% ó 60% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado.
La intensidad y subvención máxima por categorías del servicio será:
Categoría A: 80% de los costes elegibles. 10.000 euros.
Categoría B: 80% de los costes elegibles. 6.000 euros.
Categoría C: 60% de los costes elegibles. 2.500 euros.
El valor del Cheque Europa (la subvención) estará condicionado al coste final de servicio prestado.
El beneficiario no podrá obtener más de un Cheque Europa por convocatoria de la misma categoría.
Ayuda con carácter de mínimis.
Costes elegibles:
- Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento para la prestación de servicios de Consultoría en Proyectos Europeos o en Cooperación Tecnológica Multilateral o Bilateral de este Programa.
- Los servicios subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa. Quedan excluidos aquellos gastos en servicios no incluidos en el objeto de este programa.
- Los costes subvencionables serán, como máximo, por importe de 12.500 euros.
Requisitos:
- No haber iniciado el proyecto.
- Aportación mínima del beneficiario del 20% o 40% según la categoría.
- La solicitud se acompañará de un documento que justifique la necesidad e impacto del proyecto presentado y deberá especificar claramente la convocatoria del Programa Europeo o de Cooperación Tecnológica Multilateral o Bilateral a cuya financiación opta.
- El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento.
- El proveedor de los servicios no podrá formar parte del consorcio como socio.
- La propuesta final debe ser remitida al organismo competente de cada programa y debe ser admitida para su evaluación por el órgano de gestión de la convocatoria europea.
- Disponer la suficiente capacidad administrativa, financiera y operativa para la realización de los proyectos subvencionados.
- No haber obtenido una subvención a la misma categoría solicitada en cualquier convocatoria anterior del CHEQUE EUROPA.
Presentación y plazo:
La solicitud de subvención y de adhesión de las empresas proveedoras de servicios se podrá presentar desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria hasta el 30 de diciembre de 2019, salvo que con carácter previo se hubiera agotado el presupuesto de la Convocatoria.
Adhesiones de empresas proveedoras de servicios:
1. Aquellas personas físicas (autónomos) o jurídicas, de carácter privado, con independencia de su forma jurídica, que presten habitualmente servicios de consultoría y asesoramiento en la preparación de propuestas para la inclusión en Programas de I+D+i en cooperación internacional, y que dispongan de los recursos y el personal con capacidad y experiencia suficientes, interesados en adherirse al programa de ayudas previsto en esta Orden que regula esta convocatoria, para la realización de los servicios, deberán solicitar su adhesión previa al Instituto de Fomento, según modelo normalizado que se facilitará a través de internet en la dirección: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto