Beneficiarios:

PYMES con forma societaria cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I en el Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas.

Objeto:

Inversiones que contemplen bien la mejora competitiva, la transformación digital o el ahorro energético.
Inversiones en nuevos establecimientos, en ampliación de capacidad productiva, en diversificación de la producción o en transformación del proceso productivo.

Cuantía de la subvención:

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 180.000€ con cargo a esta convocatoria en concepto de subvención bruta y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta un 45% sobre los costes elegibles.

Costes elegibles o subvencionables.

La adquisición de activos productivos materiales nuevos, realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.

Quedan excluidos la compra de terrenos, edificaciones, elementos de transporte externos y obra civil (las instalaciones en fontanería y alumbrado, se consideran obra civil).

El proyecto de inversión deberá tener una cuantía de inversión elegible entre 100.000 y 900.000 euros, y tendrá un plazo máximo de doce (12) meses para ejecutar las actuaciones subvencionadas computados a partir de la notificación de la resolución de concesión de la subvención.

Presentación y plazo.

Bases, convocatoria y solicitudes a través de INFO Directo


DESDE EL 20 DE MAYO DE 2019 HASTA EL 17 DE JUNIO DE 2019