Beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes Bases los Centros Tecnológicos que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que tengan la condición de PYMES.

b) Que sean asociaciones empresariales privadas.

c) Que estén válidamente constituidos en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

d) Que desarrollen las actividades no económicas dentro del ámbito geográfico de Región de Murcia, mediante un centro de trabajo en la Región de Murcia.

e) Que ostenten la condición de organismo de investigación y difusión del conocimiento

f) Que no se encuentren en situación de crisis, 

Objeto:

Es objeto de esta convocatoria plurianual, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I del título I de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el desarrollo por parte de los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia de las actividades de carácter no económico previstas en el artículo 1 de las bases reguladoras.

Costes elegibles:

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con la realización del proyecto o actividad subvencionada.

El plazo para la realización de la actividad o proyecto subvencionado será el comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

Financiación:

Conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 5 de las Bases Reguladoras, el crédito disponible máximo con que cuenta la convocatoria plurianual de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para la realización de las actividades de I+D de carácter no económico, es de DIEZ MILLONES DE EUROS (10.000.000,00-€), con cargo al presupuesto del Instituto de Fomento de la Región de Murcia del año 2023 y de 2024, con la siguiente distribución estimativa:

• Anualidad 2023:Modalidad 1 “Proyectos de I+D independiente”: 5.400.000 €.Modalidad 2 “Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D”: 600.000 €.

• Anualidad 2024:Modalidad 1 “Proyectos de I+D independiente”: 3.600.000 €.Modalidad 2 “Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D”: 400.000 €.

Asimismo, se hacen las siguientes reservas de crédito para la modalidad 1 “Proyectos de I+D independiente”, según las categorías de Centros Tecnológicos previstas en las bases reguladoras:

• Categoría CT: 5.600.000 €.• Categoría No CT (CAIT y Otros Centros): 2.400.000 €.

Cuantía de la subvención:

Conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 6 de las Bases Reguladoras, la cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a un beneficiario será del 100% de los costes elegibles aprobados con respecto a la actividad no económica que realicen los Centros beneficiarios y, no podrá exceder de:

– 1.250.000 euros por beneficiario en la presente convocatoria para la Modalidad 1.

– 140.000 euros por beneficiario en la presente convocatoria para la Modalidad 2.

Presupuesto, plazo y ayuda de los proyectos y actividades subvencionadas.

Según el apartado 2 del artículo 19 de las Bases Reguladoras, además de lo establecido en los apartados anteriores, para la presente convocatoria se establecen las siguientes condiciones:

– El presupuesto de gasto subvencionable mínimo y máximo de los proyectos de cada una de las modalidades es:

Modalidad 1 “Proyectos I+D independiente”:- Presupuesto mínimo: 120.000,00 €.- Presupuesto máximo: 350.000,00 €.- Subvención máxima a otorgar por proyecto: 350.000,00 €.

Modalidad 2 “Programa de actuaciones de apoyo a la I+D”:- Presupuesto mínimo: 50.000,00 €.- Presupuesto máximo: 140.000,00 €.- Subvención máxima a otorgar por proyecto: 140.000,00 €.

– En el caso de proyectos I+D en cooperación, se establecen los siguientes presupuestos mínimo y máximo, así como subvención máxima a otorgar por proyecto, diferentes a los establecidos para proyectos I+D individuales de la modalidad 1:- Presupuesto mínimo: 240.000,00 €.- Presupuesto máximo: 700.000,00 €.- Subvención máxima a otorgar por proyecto: 700.000,00 €.

– El plazo máximo de realización de los proyectos subvencionados será de dos (2) años, que deberán desarrollarse en las anualidades 2023-2024.

– Para la modalidad 1 “Proyectos I+D independiente”, la convocatoria establece el número máximo de proyectos subvencionables por solicitante en 5 proyectos, de los que, como máximo podrán ser en cooperación 2 proyectos.

Presentación y plazo:

La solicitud de subvención se encuentra disponible en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección: http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto y podrán presentarse durante un plazo de un (1) mes, que se iniciará a las 9 horas del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, y hasta las 24 horas del último día de dicho plazo.

Más información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones 

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/690170

Ver convocatoria en el BORM