Se han publicado en el BORM de 17/03/2020. El objetivo de las citadas bases reguladoras es fomentar la contratación de servicios de innovación, catalogados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, y prestados por proveedores acreditados a pymes.

Con el ánimo de incluir nuevos servicios en el Catálogo y sus características especiales relacionadas con la novedad de su implantación en las empresas, se hace necesario la modificación de la vigente Orden de Bases reguladoras, para aumentar el importe máximo subvencionable, dar cabida a otras entidades proveedoras de naturaleza pública, incluir la posibilidad de realizar más trabajos por entidad proveedora y convocatoria y modificar los requisitos para la acreditación de proveedores.

Destacamos algunos cambios de interés. Para ver las bases y la modificación completas acceder a los enlaces inferiores

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 15.000 euros con cargo a cada convocatoria, y la intensidad máxima de la subvención no podrá ser superior al 75% en términos de subvención bruta sobre un gasto subvencionable máximo de 20.000 euros

Máximo de 10 proyectos subvencionados con cargo a cada convocatoria.

El plazo para la solicitud de adhesión se establecerá en la correspondiente convocatoria. La adhesión de un proveedor no acreditado anteriormente deberá presentarse junto a la primera solicitud al programa Cheque de Innovación en la que preste sus servicios, sin que sea necesaria su nueva presentación para el mismo servicio, en la misma convocatoria, en solicitudes de Cheque de Innovación posteriores.

Las personas que se acrediten para la prestación del servicio subvencionable por Cheque de Innovación (sólo se tendrá que acreditar la persona que actúe como jefe del equipo técnico que presta el servicio) deberán tener titulación universitaria, así como otros títulos o reconocimientos oficiales que se establezcan particularmente para cada servicio, experiencia demostrable superior a 2 años en empresas u organismos que presten habitualmente servicios similares a los solicitados. Demostrar la realización de 5 trabajos previos de naturaleza similar al servicio para el que solicita la acreditación en los 2 años anteriores a la solicitud de adhesión. Estas experiencias deben corresponder al menos a 3 clientes distintos. El requisito de tener titulación universitaria podrá sustituirse por disponer de una experiencia demostrable superior a 10 años en empresas u organismos que presten habitualmente servicios similares a los solicitados.

Orden de 10 de enero de 2017 por la que se aprueban las
bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la
Región de Murcia para incentivar la contratación de servicios de
innovación por las Pymes regionales (cheque de innovación),
cofinanciadas por el Feder.

Ver modificación de Bases en el BORM. Orden de 10 de marzo de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se modifica la Orden de 10 de enero de 2017, por la que se aprueba las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para incentivar la contratación de servicios de innovación por las pymes regionales cheque de innovación, cofinanciadas por el Feder.