Tal y como informa AMETIC en nota de prensa,  el Real Decreto-ley aprobado la semana pasada en el Consejo de Ministros,  supone una vuelta al sistema basado en el canon digital que anteriormente estaba vigente en España, al que se han incorporado ciertas modificaciones para tratar de adaptar el sistema a la jurisprudencia europea, se aprobó ayer por el Congreso de los Diputados en su sesión plenaria.

 AMETIC  expone que se va a encarecer el acceso a tecnología a los usuarios finales, por encima del daño que producen los dispositivos sujetos a esta norma.

 Los ciudadanos tendrán que sufragar la compensación, mediante unas tarifas que no han tenido en cuenta el perjuicio que realmente pueden causar los dispositivos establecidos, al no haberse tenido en cuenta los estudios que sobre el daño causado ha venido realizando la propia Secretaría de Estado de Cultura entre los años 2012 y 2016 y que lo fijaba en aproximadamente 12 millones de euros.

Por otro lado, entre las modificaciones realizadas en este Real Decreto-ley, para adaptar el sistema a la jurisprudencia europea se ha incluido un sistema de exenciones y de reembolsos que el sector considera resultará ineficaz.

En el caso de las exenciones, las empresas privadas deben solicitar un certificado a una entidad creada por las propias Entidades de Gestión. AMETIC considera que estas certificaciones se deberían emitir por un organismo independiente, que no fuera parte interesada en la gestión y distribución de la cantidad recaudada, para garantizar la objetividad necesaria en su emisión.

 En el caso del sistema de reembolso, el sector considera que no resultará efectivo, a tenor de la experiencia similar que se puso en marcha en Francia, en dónde las solicitudes de reembolso por parte de empresas, es inferior al 0,65%.

Más información a través de la nota de prensa completa de AMETIC.

Acceso al Real Decreto: Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada. I