Beneficiarios.
Pymes y autónomos.
Objeto.
Ayudas dirigidas a las empresas del sector audiovisual de la Región de Murcia, que estarán destinadas a colaborar en la financiación de los gastos originados en la producción de obras audiovisuales para cine, televisión y otras plataformas.
La finalidad de estas ayudas es promover la consolidación de las empresas de este sector y, en concreto, fortalecer y apoyar el crecimiento de la industria de la producción audiovisual en la Región de Murcia.
Modalidades de ayudas
a) Proyectos de ficción: ayudas destinadas a financiar los gastos originados por actuaciones realizadas en la fase de producción y posteriores de proyectos de largometrajes o series de ficción.
b) Proyectos documentales: ayudas destinadas a financiar los gastos originados por actuaciones realizadas en la fase de producción y posteriores de proyectos de largometrajes o series documentales.
c) Proyectos de animación: ayudas destinadas a financiar los gastos originados por actuaciones realizadas en la fase de producción y posteriores de proyectos de largometrajes o series de animación.
Cuantía.
El crédito destinado a financiar esta convocatoria es de un millón de euros (1.000.000,00 €).
Se podrá financiar hasta un 50% de los gastos subvencionables no pudiendo superar las siguientes cuantías por cada una de las modalidades:
• Ficción: 100.000 € de subvención por beneficiario y proyecto y 150.000 € por proyecto en el caso de que dos coproductores resulten beneficiarios en esta convocatoria para el mismo proyecto.
• Documental: 75.000 € de subvención por beneficiario y proyecto y 100.0000 € por proyecto en el caso de que dos coproductores resulten beneficiarios en esta convocatoria para el mismo proyecto.
• Animación: 100.000 € de subvención por beneficiario y proyecto y 150.0000 € por proyecto en el caso de que dos coproductores resulten beneficiarios en esta convocatoria para el mismo proyecto.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será de quince días naturales, cuyo cómputo se iniciará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. (Fecha del BORM 20/10/2021)